A propósito de haber
sido objeto de una temeraria querella por la supuesta comisión del delito de
abuso de confianza, por parte del empresario turco Ali Aydin, hemos sido
víctimas de una persecución mediática promovida por dicha persona y sus
cómplices, destinada a lograr que el suscrito claudique ante las presiones a
las que está sometido, y corresponda positivamente a las exigencias pecuniarias
que constituyen el objeto del ilegal proceder de nuestros adversarios.
No compartiendo
nosotros el que los aspectos judiciales se debatan en los medios de
comunicación, decidimos en un inicio concentrarnos en responder las afrentas de
Ali Aydin y su grupo en los escenarios judiciales por ellos escogidos, a la vez
de interponer nosotros, adecuadamente fundamentadas, las acciones legales que
correspondan. Sin embargo, al tanto de que nuestros adversarios pondrán más sus
esperanzas en la presión mediática que los resultados de sus aventuras
judiciales, se hace necesario que, por única vez, hagamos pública la realidad
de los hechos que ahora enfrentamos.
De esta forma, la
verdad de lo ocurrido se resume de la siguiente forma:
1.- La querella por
abuso de confianza interpuesta contra nuestra persona por Ali Aydin, constituye
uno de los tantos mecanismos de presión intentados por Ali Aydin, en
combinación ahora con Mayelin Cedeño, para que les entreguemos la suma de
US$400,000.00, que simplemente no se les deben.
2.- El pretexto usado
para la interposición de dicha acción, es el reclamo de la referida suma que
supuestamente nos fuera entregada a nosotros en calidad de depósito del CONTRATO DE
ADMINISTRACIÓN DE FONDO DE COMERCIO,
documento en el cual, contrario a lo argumentado por Ali Aydin y sus
acólitos, no existe ninguna cláusula que especifique que hemos recibido la suma
de US$400,000.00 dólares como depósito reembolsable.
3.- Nosotros, no
temiéndole a la justicia, asistimos el día de hoy (07/02/2013), a la cita que
nos hiciera el Magistrado Procurador Fiscal Adjunto del Distrito Nacional, Lic.
Miguel Estrella Toribio, a las 9:30 A. M., a la cual no asistiera el
querellante, Ali Aydin, sino la señora Mayelin Cedeño, quien de frente a
nuestra postura vertical para que se levantara acta de no conciliación, después
de haber presentado un poder de representación que le fuera otorgado
supuestamente por el señor Aydin, se negó a que la vista culminara pidiendo que
se le de oportunidad al querellante para comparecer personalmente, lo cual era
a todas luces innecesario si ella portaba poder suficiente para asumir la
postura del no acuerdo.
4.- Por decisión del
Procurador Fiscal apoderado, la reunión se pospuso para el próximo día 22 de
febrero a las 2:30 P. M., a la cual esperamos paciente pero firmemente, que
comparezca quien quiera comparecer, a fin de que la justicia actúe y se desnude
esta farsa quedando al desvelo las intenciones reales que se esconden detrás de
su promoción.
5.- No está en
nuestro ánimo ni lo estará nunca, el ceder frente a los esfuerzos ilegítimos de
los adversarios, para que les entreguemos sumas de dineros que ellos saben no
les son debidas, así nos cueste emplear nuestro tiempo en los tribunales,
correr el riesgo de ver nuestro nombre siendo cuestionado por unos pocos medios
de comunicación que puedan ser inducidos a error por fuentes irresponsables que
expresamente no investigan la realidad de los hechos y que son impulsadas desde
los escritorios de Aydin y su grupo.
En este caso,
nosotros, en nuestro rol de imputados en la querella interpuesta por Ali
Aydin, queremos ser juzgados y no dar largas a los eventos
judiciales por venir, contrario a la actitud que deja ver Ali Aydin quien no se
tomó la molestia de asistir a la citación por él mismo promovida.
Estamos confiados en que
las acciones judiciales que interpondremos, sean conocidas, instruidas y
falladas dentro del marco de la ley, en un tiempo prudente, y que será allí, en
los tribunales, en donde se aclarará cuál de las dos partes sustenta adecuadamente
sus respectivas quejas penales.
Finalmente,
advertimosa estos señores que llegaremos hasta las últimas consecuencias en
este caso que pretende difamar y atentar contra el buen nombre de nuestra persona y de nuestra empresa.

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