Las instituciones de intermediación financiera, incluyendo asociaciones de ahorros y préstamos, podrán contratar desde ahora como subagentes bancarios a centros comerciales de todo el territorio nacional, incluyendo farmacias, ferreterías, centros de telecomunicaciones y otros, a través de los cuales podrán realizar todo tipo de tramitación financiera, como las transferencias de recursos, pagos de préstamos y de tarjetas de crédito, depósitos y retiros de cuentas de ahorro y corrientes, así como todo tipo de solicitudes de productos.
En un comunicado de prensa enviado por el Banco Central, la Junta Monetaria explica que con la medida habrá un antes y un después en materia de inclusión financiera en el país, “pues se llevarán los servicios financieros a aquellas zonas que cuentan con poca o ninguna presencia de instituciones financieras”.
Esto, dice, indudablemente que favorecerá a amplios sectores de la población que hasta la fecha no cuentan con servicios bancarios en su barrio o comunidad.
Asimismo, explica que a partir de ahora se mejora el nivel de bancarización e inclusión financiera de los sectores más necesitados, puesto que contarán con la presencia de entidades financieras representadas a través de subagentes bancarios, “por medio de los cuales podrán satisfacer sus necesidades financieras, incentivándose así una mayor democratización en el uso de estos servicios y posibilitando el ingreso de la población más empobrecida a la economía formal.
El comunicado referente a la primera resolución del 14 de febrero de este año está disponible en www.bancentral.gov.do.
La primera resolución de la Junta Monetaria aprobó la versión definitiva del referido Reglamento de Subagente Bancario, el cual tiene como objetivo establecer un marco regulatorio para las operaciones y prestación de servicios que los bancos múltiples, bancos de ahorro y crédito y las asociaciones de ahorros y préstamos podrán realizar a través de determinados establecimientos comerciales, previamente contratados para realizar esos servicios.
A partir de la entrada en vigor del Reglamento, las entidades de intermediación financiera podrán contratar farmacias, hoteles, bares, centros de servicios de telecomunicaciones, supermercados, minimercados, colmados y ferreterías, entre otros establecimientos comerciales, para operar como subagentes bancarios.
Explica que a través de estos establecimientos las entidades podrán ofrecer determinados servicios financieros y operaciones, “tales como recibir pagos de préstamos y tarjetas de crédito; envío o recepción de transferencias dentro del territorio nacional; recibir depósitos en efectivo en cuenta de ahorros o corrientes y retiros en efectivo de cuentas de ahorros efectuados por el cliente titular de la cuenta.
EN CONSONANCIA CON LA POLÍTICA DEL GOBIERNO
ARMONÍA
El comunicado del Banco Central señala que la disposición de la Junta Monetaria va en consonancia con las acciones implementadas por el Gobierno, como parte de su política social, “y acorde con la tendencia actual de los países de la región de fomenter el diseño de políticas públicas para incrementar la inclusión financiera”.
Al respecto, la Junta Monetaria informó a los sectores económicos y al público en general que se adoptaron medidas tendentes a facilitar el acceso a los servicios financieros a una población mayor, especialmente a la que se encuentra radicada en las zonas geográficas más recónditas del país.
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