Emelyn Baldera, candidata a la presidencia de
Acroarte para las elecciones a celebrarse el 24 de este mes, reclamó el
derecho de los miembros pasivos a ejercer su voto, según lo establece el
artículo 20 de los estatutos que rigen la institución.
En un encuentro con la prensa, con la asistencia de miembros pasivos
encabezados por Rubén Camilo y Euri Cabral, así como el Dr. Johnny
Rodríguez, abogado de Marino Ramírez, la candidata enfatizó: “No somos
triunfalistas y por eso estaremos luchando hasta el último minuto en
buena lid para obtener el triunfo. Pero no queremos que sea una victoria
pírrica con niveles de abstenciones que pongan en entredicho nuestra
legitimidad”.
Luego de ponderar el devenir histórico de las elecciones anteriores,
Emelyn señaló: “Según el padrón electoral utilizado en las elecciones de
junio del 2015, somos 239 acroartistas y bloquear el derecho a votar de
80 de nuestros miembros indica que se está afectando a cerca del 33% de
los integrantes de este gremio”.
Segura
de que obtendrá el triunfo en las elecciones de fin de mes, Emelyn
afirmó: “Nuestra apuesta es ganar. Y vamos a ganar. Pero no queremos que
después de este proceso queden heridas en nuestro gremio. Deseamos que
el resultado sea una gran convocatoria a trabajar juntos”.
Finalizó diciendo: “No escatimaremos recursos para que en nuestro
gremio prevalezca la democracia, la inclusión y, en síntesis, el derecho
a votar de los miembros pasivos”.
JOHNNY RODRÍGUEZ, ABOGADO DE MARINO RAMÍREZ
“Los artículos 14 y 15 se refieren a los votos para nominaciones de premios. Estos no se refieren en modo alguno a la elección del Comité Ejecutivo. No puede contener una prohibición constitucional. Caería en lo ilegal ya que el derecho al voto en todos los gremios es abierto y universal. En caso de no ser modificada la resolución estaríamos ante la primera sala de caso civil y comercial interponiendo un recurso de amparo”.
“Los artículos 14 y 15 se refieren a los votos para nominaciones de premios. Estos no se refieren en modo alguno a la elección del Comité Ejecutivo. No puede contener una prohibición constitucional. Caería en lo ilegal ya que el derecho al voto en todos los gremios es abierto y universal. En caso de no ser modificada la resolución estaríamos ante la primera sala de caso civil y comercial interponiendo un recurso de amparo”.
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