El Tribunal Constitucional dispuso elaborar
reglamentos sobre la tasa que deben cobrar los defensores públicos a los
imputados solventes y sobre la creación de un registro de los abogados
privados que estén en condiciones de representar a esos acusados de
delitos penales.
Mediante sentencia, el TC ordenó a la Oficina Nacional de la Defensa
Pública (ONDP) elaborar esos reglamentos, que establecen los artículos 5
y 43 de la Ley 277-04, que instituye ese sistema en el país.
El TC acogió un recurso de revisión de amparo sometido por el Colegio
de Abogados de la República Dominicana (CARD) en contra de la sentencia
número 00340-2016, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo (TSA) el 22 de septiembre de 2016, la cual fue revocada
por el órgano constitucional.
El
dispositivo del fallo está contenido en el comunicado 64/17, emitido el
25 de octubre, el cual fue publicado en la página web del TC, sin las
motivaciones de la decisión.
El artículo 5 de la ley 277-04, que ordena aplicar el Tribunal
Constitucional, dispone la gratuidad del servicio de defensa pública
para los imputados que no cuentan con medios suficientes para contratar
un abogado.
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