Decreto dice OTTT debe fijar tarifa

jueves, 17 de febrero de 2011

La única institución autorizada para fijar los precios en las  tarifas de los pasajes, es la Oficina Técnica del Transporte Terrestre (OTTT), según lo establece el decreto número 489-87, que creó ese organismo.

En cambio, el decreto 393-97 que instituye la Autoridad Metropolita del Transporte (AMET), no establece en ninguno de sus dispositivos lo relativo a tarifas en el transporte de público.

El organismo debe también establecer y otorgar rutas urbanas e interurbanas, organizar el registro de vehículos destinados al transporte de pasajeros, y fijar los precios de pasajes según las condiciones imperantes.

Ayer, el director de comunicaciones de la OTTT, Luis Brito, desligó a ese organismo del alza de precios en el  pasaje, y dijo que la AMET es quien debe tomar las acciones contra los choferes que incrementaron cinco pesos al precio del pasaje en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, “porque los choferes del transporte urbano de las rutas del Gran Santo Domingo tienen contratos firmados con la AMET, donde se establece el costo de la tarifa”.

En el artículo del decreto que la crea establece dentro de las atribuciones de la OTTT, planificar, organizar, regular y controlar el transporte de pasajeros y ejecutar la política del Estado en materia del transporte.

También está encargada de estudiar los problemas referentes al transporte y hacer al Poder Ejecutivo las recomendaciones que estime pertinentes.

Otro aspectos responsables de la OTTT es reglamentar y controlar el funcionamiento de las terminales del transporte; fijar las necesidades reales del transporte de pasajeros y las prioridades para las distintas modalidades de ese servicio.

Otro punto es establecer, mediante resoluciones, las normas encaminadas al cumplimiento de las leyes sobre la materia y las que considere necesarias para el desenvolvimiento de los servicios de transporte de pasajeros.

En tanto, la AMET está encargada de regular lo relativo a la demanda y oferta del transporte en el área metropolitana de Santo Domingo, con el fin de reducir su costo social, económico y ecológico.

El artículo dos del decreto que crea AMET expresa , que su jurisdicción como ente rector del transporte urbano, están establecer y regular la fiscalización del transporte.
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