Un enfrentamiento entre el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria Dominicana y su director ejecutivo está en curso y ya llegó
hasta la Dirección General de Contrataciones Públicas, debido a que
Víctor Gómez Casanova publicó una manifestación de interés para
concesionar el puerto de Puerto Plata y el Consejo sostiene que esa
acción es ilegal.
En una carta de fecha 17 de octubre de 2017, firmada por el
presidente del Consejo de Administración, ingeniero Juan Carlos Montás,
el organismo impugnó por ante la Directora General de Contrataciones
Públicas, Yokasta Guzmán, la manifestación de interés publicada en
espacio pagado por su director ejecutivo, Gómez Casanova, y pidió su
anulación por irregular.
En la misiva se solicita a la señora Guzmán impugnar “la convocatoria
a manifestación de interés, de fecha 16 de octubre de 2017, publicada
en el periódico Listín Diario, página 7B, realizada por el director
ejecutivo de esta institución, por ser violatoria de las disposiciones
contenidas en la Ley 340- 06 (de Compras y Contrataciones Públicas),
Reglamento de Aplicación y de la Ley 70-70”, que crea la Autoridad
Portuaria Dominicana.
Montás, en la carta a la que tuvo acceso Listín Diario, advierte que
“ese acto ilegal e irregular por parte del director ejecutivo de esta
institución, no ha sido autorizado previamente por el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria Dominicana que, de acuerdo con
nuestra ley orgánica, es el organismo superior con autoridad para
decidir sobre esos asuntos”.
Agrega que la Ley 340-06 sobre compra y contrataciones dispone que
para este tipo de procesos, “la licitación pública nacional e
internacional será el único proceso para la contratación de concesiones,
sea cual fuere la modalidad, a la que podrán presentarse personas,
firmas o asociaciones nacionales, extranjeras o mixtas”.
Señala que la Ley 70-70 que crea la Autoridad Portuaria Dominicana
confiere al Consejo de Administración “ser el organismo superior y de
máxima jerarquía de la institución, facultado para entre otras cosas,
otorgar concesiones de servicios de uso, ocupación y explotación de
áreas y pertenencias portuarias”.
Sostiene que también corresponde al Consejo de Administración la
adquisición de equipos, materiales de consumo o bienes inventariales,
estudio o ejecución de obras nuevas, “reparación o ampliación de las
existentes y reglamentar las condiciones de prestación de servicios en
los puertos operados por la institución”.
“Advertimos que la convocatoria ilegal realizada por dicho
funcionario (Gómez Casanova) lo que procura es preseleccionar empresas
específicas, restringir mediante condiciones establecidas, la
participación de interesados en un proceso” y que además se ha hecho
cuando el Consejo de Administración nombró una comisión técnica para
elaborar las condiciones generales que sustenten un eventual proceso de
licitación pública como lo estable la Ley 340-06 de compras y
contrataciones públicas.
Informa que la comisión de técnicos está trabajando en la elaboración
de su informe para ser sometido al Consejo de Administración de
Autoridad Portuaria Dominicana para determinar los pasos a seguir.
Advierte a la Directora de Compras y Contrataciones que se rechace la
manifestación de interés publicada por Gómez Casanova, en el entendido
de que el Consejo de Administración de Autoridad Portuaria Dominicana no
reconocerá ningún resultado que arroje la misma.
Anoche no fue posible localizar a Gómez Casanova para obtener su reacción.
CONTENIDO DEL LLAMADO MANIFESTACIÓN INTERÉS
En la convocatoria a manifestación de interés, Gómez Casanova da un plazo de 30 días para que los interesados manifiesten ante su despacho su interés en participar y aclara que el adjudicatario deberá invertir no menos de 70 millones de dólares para reconstruir, mantener y desarrollar el puerto, para facilitar la operación de naves con pasajeros y pescadores.
Hizo la publicación este lunes 16 pese a tener en su poder una
comunicación de fecha 27 de julio pasado firmada por los asesores
jurídico, técnico, el de cumplimiento de las normas técnicas y el
director jurídico en el que le advierte que el procedimiento para hacer
este tipo de concesiones, en virtud de las leyes, es únicamente mediante
licitación nacional e internacional, cuyo pliego de condiciones debe
ser elaborado por la Unidad de Compras y Contrataciones, que tras
remitirlo al director ejecutivo, esté lo devuelve para que la Unidad
redacte la convocatoria a licitación.
Igualmente, señalan los técnicos que es un requisito legal contar con
una certificación de la Dirección Financiera que asegure que el proceso
no requiere de fondos asignados en el presupuesto.
Igualmente, los técnicos recomendaron a Gómez Casanova que la
convocatoria, para ajustarse a la ley, debe estar abierta por un período
superior a los sesenta días hábiles por el carácter de la contratación
que se piensa realizar.
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