Los minutos que los usuarios de las telefónicas
no hayan consumido, después de haberlos pagado, se irán acumulando
hasta por un plazo de un año, según un proyecto de ley aprobado la
pasada semana por el Senado y que ahora deberá refrendar la Cámara de
Diputados.
El Proyecto de Ley de Regulación a los Servicios Telefónicos, de la
autoría del vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, establece además
que las prestadoras no podrán facturar mientras el servicio esté
suspendido, por cualquier causa, y que la reconexión será gratis, “ya
que no se incurre en ningún gasto”.
Además, no se podrá cargar al usuario, por mensajes y las llamadas
entrantes, “sobre todo aquellos mensajes o campañas publicitarias que
el cliente no ha pedido”.
“Yo
creo que este proyecto el Congreso Nacional debe abocarse aprobarlo lo
antes posible. Durante las visitas a las distintas instituciones, nunca
hubo un planteamiento concreto, que no sea el que será por resolución.
Bueno pues, nuestro deber es hacer leyes y por ley no depende de que
mañana venga otro funcionario y cambie esa resolución”, dijo el senador
de Pedernales.
El autor entiende que no habrá dilación en la Cámara de Diputados en
aprobar su iniciativa alegando que es muy beneficiosa para los
consumidores. La iniciativa indica en su artículo primero que el
objetivo de esta ley es transparentar las relaciones de las prestadoras
de servicios públicos de telecomunicaciones, con sus clientes, respecto
de los servicios pagados y no consumidos.
Refiere, además, en su artículo 3, sobre los minutos pagados y no
consumidos, que al momento de acordar una contratación para la
adquisición de un servicio prepago, con una prestadora de servicio de
telecomunicaciones, queda establecido que los minutos contratados y
pagados por el cliente y que no hayan sido consumidos, serán
traspasados y acumulados al mes siguiente.
La iniciativa refiere, también, en su artículo 4, dispone que los
minutos que no hayan sido consumidos y que hayan sido pagados, se
acumularán hasta por un plazo de doce meses.
En tanto que en artículo 7, sobre la suspensión del servicio, se
dispone que los servicios de telefonía que fueren suspendidos, por las
prestadoras de servicios, sea porque el usuario así lo entienda de
manera temporal, sea por falta de pago, o por cualquier otra
circunstancia, no se les puede seguir facturando por el tiempo que se
mantenga suspendido el servicio.
El servicio roaming
Los senadores aprobaron, también, una resolución que solicita al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) promover acciones a través de las prestadoras de servicios telefónicos, con el propósito de eliminar el cobro por el servicio de roaming internacional a favor del usuario.
Los senadores aprobaron, también, una resolución que solicita al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) promover acciones a través de las prestadoras de servicios telefónicos, con el propósito de eliminar el cobro por el servicio de roaming internacional a favor del usuario.
La iniciativa es de los senadores Julio César Valentín, José Rafael
Vargas, José Zorrilla, Rubén Darío Cruz, Adriano Sánchez Roa y Manuel de
Jesús Güichardo.
LEGISLADORES PIDEN ACCIONES DEL INDOTEL
UN RECONOCIMIENTO A DINAMISMO DE SECTOR
La pieza indica que en la República Dominicana el sector de las telecomunicaciones ha demostrado ser uno de los más dinámicos, por ende, uno de los que más aporta la economía nacional, esto debido a la gran cantidad de activación de líneas de teléfonos móviles registrados, y otros productos relacionados.
Expresa la iniciativa que el servicio de roaming, históricamente ha
sido muy costoso y por consiguiente excluyente, limitado y excesivo, por
lo que se hace necesario promover acciones que garanticen y protejan
los derechos que consagra la Constitución de la República y por vía de
consecuencia al usuario.
Los senadores aprobaron también una resolución que pide al INDOTEL promover acciones para eliminar cobro por servicio roaming.
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